Remate de bienes muebles: muebles, mercancía y ganado

Remate de bienes muebles: muebles, mercancía y ganado

En resumen: El remate de bienes muebles sigue las mismas reglas generales del CGP: embargo, secuestro, avalúo, aviso, depósito del 40 % del avalúo y audiencia con base del 70 %. La diferencia está en los riesgos: los muebles se deterioran, la mercancía se vuelve obsoleta y el ganado necesita cuidados, así que debes verificar su estado y quién los custodia.

Muebles de oficina, electrodomésticos, maquinaria liviana, inventario de un negocio o semovientes pueden rematarse por precios bajos. Pero sin registro público ni visita previa, el riesgo de comprar algo distinto a lo anunciado es mayor.

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Cómo funciona el remate de muebles

  1. El juez decreta el embargo y el secuestro; el secuestre recibe los bienes y los describe en el acta.
  2. Se hace el avalúo (art. 444 CGP).
  3. El juez fija fecha (art. 448 CGP) y se publica el aviso (art. 450 CGP).
  4. Los postores consignan el 40 % del avalúo y presentan la postura (art. 451 CGP).
  5. En la audiencia se adjudica al mejor postor (art. 452 CGP).
  6. El rematante paga el saldo y el impuesto de remate dentro de los 5 días (art. 453 CGP).
  7. Aprobado el remate, el secuestre entrega los bienes (art. 456 CGP).

A veces los muebles se rematan en un solo lote y no por unidad. Lee bien el aviso: puedes estar ofertando por todo el inventario. Si quieres repasar el procedimiento, consulta el remate judicial en el CGP.

Qué revisar según el tipo de bien

TipoQué revisarRiesgo típico
Muebles y enseresDescripción en el acta de secuestro, cantidad, estadoDeterioro o faltantes en bodega
Electrodomésticos y equiposMarca, modelo, serie, si funcionanEquipos dañados u obsoletos
Mercancía e inventarioReferencias, fechas de vencimiento, permisos para venderlaProducto vencido o difícil de comercializar
Ganado (semovientes)Número de animales, marcas, edad, estado sanitario, lugar donde pastanMuertes, nacimientos o pérdida de peso desde el avalúo
Bienes con registro (vehículos)RUNT, prenda, embargosDeudas de impuestos y multas

Para vehículos y equipos pesados hay reglas propias de registro: lee remates de vehículos y maquinaria pesada en remate.

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El secuestre y la entrega

Con muebles, el secuestre es clave: tiene los bienes en su poder o bajo su vigilancia, y responde por ellos. Pregunta dónde están, si puedes verlos y en qué condiciones están guardados. Si el secuestre no los entrega después de aprobado el remate, el juez puede hacer la diligencia de entrega (art. 456 CGP). Lee el secuestre en el remate judicial.

  • Pide el acta de secuestro y compárala con el aviso.
  • Calcula costos de bodegaje, transporte y, en el ganado, manutención y traslado.
  • Ten listo dónde llevar los bienes apenas te los entreguen.

Ventajas y cuidados

Los muebles tienen menos trámites posteriores que un inmueble: en la mayoría no hay registro que actualizar. Pero no hay certificado de tradición que te muestre su historia, así que el expediente es tu principal fuente. Revisa expediente del remate: qué revisar.

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Preguntas frecuentes

¿Se puede rematar el ganado de un deudor?

Sí. Los semovientes son bienes muebles embargables y se rematan con las reglas generales del CGP, previo secuestro y avalúo.

¿Puedo ofertar solo por una parte del lote?

Depende de cómo se fijó el remate. Si el aviso lo presenta como un solo lote, se oferta por el conjunto.

¿Pago impuesto de remate por bienes muebles?

Sí. El impuesto de remate del 5 % sobre el valor final se aplica en general a los remates (Ley 1743 de 2014).

Revisa los remates vigentes y filtra por el tipo de bien que buscas. Ver remates judiciales vigentes.

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