Embargo de remanentes: qué es y cómo afecta el remate

Embargo de remanentes: qué es y cómo afecta el remate

En resumen: El embargo de remanentes, regulado en el art. 466 del CGP, permite que un acreedor embargue lo que sobre en otro proceso donde ya están embargados los bienes de su deudor, y también los bienes que se llegaren a desembargar allí. Si hay remate y queda un sobrante, ese dinero se pone a disposición del juzgado que pidió el embargo y no se le entrega al deudor.

Es una medida frecuente cuando un deudor tiene varias demandas. Un bien solo puede embargarse en un proceso a la vez; los demás acreedores esperan lo que sobre.

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Qué es y cuándo se usa

Si el inmueble del deudor ya está embargado en el proceso A, el acreedor del proceso B no puede inscribir un segundo embargo común sobre el mismo bien. En cambio, pide en su proceso el embargo de los remanentes y de los bienes que se desembarguen en el proceso A.

ElementoCómo funciona
Quién lo pideEl acreedor de otro proceso contra el mismo deudor
Ante quiénAnte su propio juez, que lo comunica al juzgado donde está el bien embargado
Qué cubreEl dinero que sobre del remate y los bienes que se desembarguen
Efecto principalEl remanente va al proceso que embargó, no al deudor
NormaArt. 466 CGP

Cómo se pide

  1. El acreedor identifica el proceso donde el bien ya está embargado (juzgado y radicado). Lee consulta de procesos por radicado.
  2. En su propio proceso, solicita el embargo de remanentes y de bienes que se llegaren a desembargar.
  3. Su juez lo decreta y libra oficio al otro juzgado.
  4. El otro juzgado toma nota. Desde ahí, cualquier sobrante o bien desembargado se pone a disposición del juzgado que lo pidió.

Cuando el bien tiene registro, como un inmueble, el embargo de remanentes suele aparecer también como anotación en el certificado de tradición. Lee certificado de tradición para remate.

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Efecto en el remate

El embargo de remanentes no impide el remate en el proceso donde está el embargo principal. Para el comprador, esto significa:

  • La audiencia sigue su curso normal; el rematante paga el depósito y el saldo como siempre.
  • El auto que aprueba el remate ordena cancelar los embargos que afectan el bien (art. 455 CGP), incluida la anotación de remanentes que pese sobre él.
  • La discusión sobre el sobrante es entre los acreedores y el deudor, no contra el comprador.

Para el deudor, en cambio, significa que no recibirá el sobrante. El dinero pasa a pagar la otra deuda. Lo explicamos en qué pasa con la deuda después del remate, y el orden de pago entre acreedores en remanentes y prelación de créditos.

Situaciones especiales

  • Terminación por pago: si el deudor paga en el proceso A y el bien se desembarga, ese bien queda embargado para el proceso B.
  • Embargos fiscales o laborales: pueden tener reglas de prelación que cambian el orden de pago.
  • Insolvencia del deudor: la apertura de la liquidación patrimonial atrae los procesos ejecutivos, y el reparto se hace allí.
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Preguntas frecuentes

¿El embargo de remanentes suspende el remate?

No. El remate sigue en el proceso donde está el embargo principal; el embargo de remanentes solo afecta el destino del dinero que sobre.

¿Lo debo cancelar yo como comprador?

No. El auto que aprueba el remate ordena cancelar los embargos sobre el bien, y los oficios se tramitan para el registro.

¿Cuántos embargos de remanentes puede haber?

Puede haber varios de distintos acreedores. Se atienden según las reglas de prelación y el orden de llegada a cada juzgado.

Revisa los embargos de cada bien antes de ofertar. Ver remates judiciales vigentes.

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