Impuesto de remate: cuánto se paga y cómo se liquida en Colombia

Impuesto de remate: cuánto se paga y cómo se liquida en Colombia

En resumen: El impuesto de remate es del 5 % del valor final por el que se adjudica el bien. Lo paga el rematante dentro de los cinco días siguientes a la audiencia, junto con el saldo del precio; si no lo paga, el remate se imprueba.

El impuesto de remate es uno de los costos que más sorprende a quienes compran por primera vez en un juzgado. No se incluye en la oferta, pero es obligatorio. En esta guía te explicamos cuánto es, quién lo paga, cuándo y qué otros gastos debes sumar.

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Infografía: impuesto de remate – resumen

¿Qué es el impuesto de remate?

Es un tributo nacional que grava la adjudicación de bienes en remate. Lo creó la Ley 11 de 1987 y lo modificó la Ley 1743 de 2014. Los recursos se destinan al fondo de modernización y descongestión de la Rama Judicial.

¿Cuánto es?

La tarifa es del 5 % del valor final del remate. Por ejemplo, si te adjudican una casa por 180 millones, el impuesto de remate es de 9 millones. Ojo: se calcula sobre el precio de adjudicación, no sobre el avalúo.

Ejemplo completo

  • Avalúo: 200 millones.
  • Consignación previa (40 %): 80 millones.
  • Precio adjudicado: 180 millones.
  • Saldo a pagar: 100 millones.
  • Impuesto de remate (5 %): 9 millones.
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¿Quién paga el impuesto de remate?

Lo paga el rematante, es decir, quien gana la subasta. Si el bien se lo adjudica el acreedor con cargo a su crédito, también debe pagarlo.

¿Cuándo y dónde se paga?

Dentro de los cinco días siguientes a la audiencia, junto con el saldo del precio. Se consigna en la cuenta que indique el juzgado, que suele ser del Banco Agrario. Luego, presentas el comprobante en el proceso.

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¿Qué pasa si no lo pago?

Si no consignas el saldo y el impuesto de remate a tiempo, el juez imprueba el remate y pierdes el 20 % del depósito a título de multa. Por lo tanto, calcula este valor antes de ofertar.

Otros costos además del impuesto de remate

  • Derechos de registro e impuesto de registro (boleta fiscal).
  • Predial y valorización pendientes.
  • Cuotas de administración atrasadas, en propiedad horizontal.
  • Parqueadero, en el caso de vehículos.
  • Honorarios de abogado, si contratas uno.

Algunos de estos pasivos se pueden solicitar en reembolso con cargo al producto del remate. Para eso existe nuestro formato de devolución de pasivos pagados.

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¿El impuesto de remate es igual para inmuebles y vehículos?

Sí. La tarifa del 5 % aplica a cualquier bien rematado, sea inmueble, vehículo o mueble.

Preguntas frecuentes

¿El impuesto de remate es deducible?

Hace parte del costo de adquisición del bien. Consulta con tu contador cómo reflejarlo en tu declaración de renta. En nuestro curso de impuestos en la compraventa de inmuebles profundizamos en este tema.

¿Se paga impuesto de remate si el remate se declara desierto?

No. Solo se causa cuando hay adjudicación.

¿Puedo pagar el impuesto con el depósito que consigné?

No. El depósito se abona al precio. El impuesto se paga aparte.

Información general actualizada en octubre de 2026 con base en el Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012). No reemplaza la asesoría de un abogado para tu caso concreto.

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