Poder para hacer postura en un remate judicial (con modelo)
En resumen: Si otra persona oferta por ti en un remate, el art. 452 del CGP exige que el poder le dé facultad expresa para licitar o hacer postura. Con la Ley 2213 de 2022 el poder puede darse por mensaje de datos.
Puedes ofertar personalmente o a través de un apoderado. Si lo hace otra persona por ti, el art. 452 del CGP exige que el poder le dé facultad expresa para licitar o hacer postura; un poder general para el proceso no basta.
Cuándo necesitas poder
- No puedes conectarte a la audiencia o prefieres que te represente un abogado.
- Compras a nombre de una empresa: oferta el representante legal o un apoderado, con certificado de existencia y representación reciente.
- Varias personas compran juntas y una representa a las demás.
Requisitos del poder
- Datos del poderdante y del apoderado (nombre, cédula y tarjeta profesional si es abogado).
- Juzgado, radicado y bien que se remata (matrícula o placa).
- Facultad expresa para hacer postura, licitar, mejorar la oferta en caso de empate y recibir la devolución del depósito.
- Correo electrónico del apoderado inscrito en el Registro Nacional de Abogados, si es abogado.
Con la Ley 2213 de 2022, el poder puede otorgarse por mensaje de datos (un correo del poderdante) sin firma manuscrita ni presentación personal. Algunos despachos piden igual el poder firmado; revisa el aviso.
Modelo de poder
Señor Juez [juzgado] de [ciudad]. Radicado [número]. Yo, [nombre], identificado con c.c. [número], confiero poder especial, amplio y suficiente a [nombre del apoderado], identificado con c.c. [número] y T.P. [número], para que en mi nombre presente postura y licite en la diligencia de remate del inmueble con matrícula [número] fijada para el [fecha]. El apoderado queda facultado expresamente para hacer postura, licitar, mejorar la oferta, recibir la devolución del depósito y firmar el acta. Correo del apoderado: [correo].
Preguntas frecuentes
¿El apoderado tiene que ser abogado? Para actuar en el proceso, por regla general sí. Si ofertas tú mismo no necesitas abogado, aunque es recomendable que alguien con experiencia revise el expediente.
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