Subastas judiciales, SAE y DIAN: diferencias con el remate judicial
En resumen: Las subastas judiciales las dirige un juez dentro de un proceso ejecutivo. La SAE comercializa bienes del Estado vinculados a extinción de dominio con sus propias reglas, y la DIAN remata bienes en procesos de cobro coactivo administrativo. Cada canal tiene requisitos y riesgos distintos.
En Colombia se habla de subastas judiciales, remates de la SAE y remates de la DIAN como si fueran lo mismo. No lo son. Cambian quién vende, qué reglas aplican y qué riesgos asumes. Conocer las diferencias te ayuda a elegir dónde invertir.

Subastas judiciales (remate judicial)
Las dirige un juez de la República dentro de un proceso ejecutivo, divisorio o de sucesión. Las reglas están en el Código General del Proceso:
- Consignación previa del 40 % del avalúo.
- Postura mínima del 70 % del avalúo.
- Pago del saldo y del impuesto de remate del 5 % en cinco días.
- Aprobación del remate por el juez y entrega por el secuestre.
Si quieres empezar, revisa nuestra guía para comprar en remates judiciales.
Bienes de la SAE
La Sociedad de Activos Especiales (SAE) administra bienes vinculados a procesos de extinción de dominio y otros bienes del Estado. Cuando los comercializa, lo hace con sus propios reglamentos: subastas, ventas directas o mecanismos en línea. No interviene un juez civil en la venta.
Qué revisar en bienes de la SAE
- El estado jurídico del bien y si hay procesos pendientes.
- Las condiciones de pago y los plazos de cada convocatoria.
- La ocupación del inmueble.
Remates de la DIAN
La DIAN cobra impuestos mediante el proceso de cobro coactivo administrativo. En ese proceso puede embargar y rematar bienes del contribuyente. Lo dirige un funcionario de la DIAN, no un juez, aunque aplica en buena medida las reglas del Código General del Proceso para el remate.
Comparación rápida
- Quién vende: en las subastas judiciales, un juez; en la SAE, la entidad; en la DIAN, el funcionario ejecutor.
- Normas: Código General del Proceso; reglamentos de la SAE; Estatuto Tributario y normas de cobro coactivo.
- Publicación: avisos judiciales; convocatorias de la entidad; avisos de la DIAN.
¿Cuál conviene más?
Depende de tu experiencia y de tu capital. Las subastas judiciales tienen reglas estables y mucha oferta en todo el país. Además, el auto aprobatorio da seguridad al comprador. Para encontrarlas, usa nuestra lista de remates judiciales.
Preguntas frecuentes
¿Las subastas judiciales son más baratas que las de la SAE?
No hay una regla fija. En las subastas judiciales la base es el 70 % del avalúo; en la SAE, cada convocatoria fija sus condiciones.
¿Puedo usar los formatos de remate judicial en la DIAN?
Los requisitos pueden variar. Revisa el aviso de la DIAN. Para remates en juzgados, usa nuestro formato de postura.
¿Dónde aprendo a comparar estas opciones?
En nuestro curso de remates judiciales y con nuestra asesoría especializada.
Información general actualizada en octubre de 2026 con base en el Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012). No reemplaza la asesoría de un abogado para tu caso concreto.
Formatos y recursos relacionados
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