Remate en liquidación de sociedad conyugal: cuándo se subasta
En resumen: En la liquidación de la sociedad conyugal los bienes normalmente se reparten entre los excónyuges, no se rematan. Un bien social termina en pública subasta en tres escenarios: cuando un acreedor lo embarga y lo remata en un proceso ejecutivo, cuando se adjudica en común a ambos y luego uno pide la división con venta (proceso divisorio, base del 100 % del avalúo, art. 411 CGP), o cuando se ordena vender para pagar deudas sociales.
El divorcio disuelve la sociedad conyugal, pero no reparte automáticamente los bienes. Hay que liquidarla, de común acuerdo o ante el juez. Si no hay acuerdo sobre quién se queda con la casa, el carro o el apartamento, la venta en pública subasta aparece como salida.
Cuándo se vende un bien de la sociedad conyugal en subasta
| Escenario | Proceso | Base del remate |
|---|---|---|
| Un acreedor cobra una deuda de uno o de ambos excónyuges | Proceso ejecutivo | 70 % del avalúo (art. 452 CGP) |
| El bien se adjudica en común (por ejemplo, 50 % y 50 %) y uno quiere salir | Proceso divisorio con venta | 100 % del avalúo (art. 411 CGP) |
| Hay que pagar deudas sociales y no hay dinero | Venta dentro de la liquidación, si se autoriza | La que fije el juez según el trámite |
La ruta más común: adjudicación en común y divisorio
Muchas liquidaciones terminan adjudicando un mismo inmueble en partes iguales a ambos excónyuges, porque ninguno puede compensar al otro. El resultado es una copropiedad entre personas que ya no quieren compartir nada. La salida legal es el proceso divisorio: si el bien no admite división material, el juez ordena venderlo en pública subasta.
- La base es el total del avalúo (art. 411 CGP), no el 70 %.
- Antes del remate, el comunero demandado puede ejercer el derecho de compra sobre la cuota del otro (art. 414 CGP).
- El dinero del remate se reparte según el porcentaje de cada uno.
La guía completa está en la venta en pública subasta en el proceso divisorio.
Qué debe revisar el comprador
Si vas a ofrecer por un bien que viene de un divorcio, revisa con más cuidado de lo normal:
- Si se remata el bien completo o una cuota: en un ejecutivo contra uno solo de los excónyuges puede salir a remate solo su parte. Lee el remate de cuota parte.
- Afectación a vivienda familiar o patrimonio de familia: pueden hacer inembargable el inmueble frente a ciertos acreedores (Ley 258 de 1996; Ley 70 de 1931). Ver patrimonio de familia y remate.
- Ocupación: es frecuente que uno de los excónyuges o los hijos sigan viviendo allí, lo que afecta la entrega del bien rematado.
- Inscripciones en el certificado: embargos de alimentos o medidas de familia.
Consejos si eres uno de los excónyuges
Un remate rara vez es la mejor salida económica para los copropietarios: los costos del proceso y el tiempo reducen lo que reciben. Antes de llegar a la subasta conviene explorar la compra de la cuota del otro, la venta privada de común acuerdo o una conciliación. Si el proceso ya va hacia el remate, revisa el avalúo y objétalo a tiempo si es bajo (art. 444 CGP).
Preguntas frecuentes
¿Se puede rematar la casa en un divorcio?
Sí, si ambos quedan como copropietarios y uno pide la división, o si un acreedor la embarga en un proceso ejecutivo. La liquidación por sí sola reparte, no remata.
¿Cuál es la base del remate de un bien de excónyuges en un divisorio?
El 100 % del avalúo, según el artículo 411 del CGP.
¿Mi excónyuge puede quedarse con mi parte antes del remate?
En el divisorio, el comunero demandado puede ejercer el derecho de compra sobre la cuota del demandante en la oportunidad que fija el artículo 414 del CGP.
Si buscas inmuebles en remate, revisa los avisos vigentes y verifica en cada uno el tipo de proceso. Ver remates judiciales vigentes.
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